Félix Madrid trasladado al Hospital Penitenciario Central de Ezeiza
El mismo se produjo a las 16:45 del día de hoy y se desconoce el estado de salud del preso político. Recordamos que no se tiene acceso a comunicación telefónica en esas instalaciones, solo teléfono de salida, por lo que esperamos contar con más novedades de otros camaradas/presos polticos habitantes de este lugar, también llamado hospital.
OTRO ACTO DE INJUSTICIA PERSECUSIÓN Y VENGANZA
Solicito a los lectores sepan disculpar los términos con que nos vamos a expresar el suscripto GUILLERMO HORACIO ORNSTEIN y JOSE FELIX MADRID, en la Causa que se inicio en el domicilio de la calle Honduras 4.183 de la Capital Federal con motivo del enfrentamiento armado entre elementos del E.R.P. y Grupo a cargo de los que hablan acontecido el día 4 de noviembre del año 1.975, causa esta que fue caratulada:
“ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, TENENCIA DE ARMAS DE GUERRA, Y AVERIGUACIÓN DE HOMICIDIO “ de MARIA TERESA BARVICH y que fuera tramitada a disposición del Dr. TEOFILO LAFUENTE, por ante la Secretaría n° 9 a cargo del Dr. JOSE MARÍA FIGUEROA, por LOS delitos de Infracción a la Ley 20.840.
Nos dirigimos al grupo integrado por el sinvergüenza y delincuente DANIEL RAFECAS, su Secretaria la diabólica y malvada VALENTINA CARON en donde nos privaron de la libertad aduciendo “Privación Ilegal de la Libertad Agravada, para ambos, conjuntamente con el personal.
Así como en la actualidad se habla de la Mafia Policial, nosotros, ambos los consideramos la Mafia Para-judicial, donde por intermedio de los Derechos Humanos, sacaron mucho rédito económico por cada preso que supuestamente ingresaba por Lesa Humanidad. Sinvergüenzas. Corruptos y delincuentes amparados en la Toga pídanle al Señor que la ira de los justiciables, no se convierta en venganza, sentimiento que a ellos lo gobiernan, o como pretenden Ustedes que los viejos se mueran porque antes de morir la vamos a tener que pagar como ustedes también.
No quiero que nos extendamos más al respecto por cuanto se preguntarán porque Ornstein se negó a declarar, debido a que todos los integrantes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, no Bonaerense, fuimos sobreseídos en forma definitiva por el Juez de mención ( LAFUENTE) y el Dr. JULIO STRASSERA en donde expresaban que habíamos procedido conforme a derecho en razón que cuando ORSTEIN tocó el timbre de la finca fue recibido a balazos, lo que motivo que uno de los impactos diera en la caja de luz de la finca, la que quedo totalmente anulada. En el lugar llegamos a un piso superior sin luz, repeliendo la agresión, ambos por la escalera durante el allanamiento legal nos encontramos con varias personas mayores y menores y en la que se determino que una de las mujeres perteneciente al E.R.P. la tenían secuestrada con motivo de juzgarla por haber pasado información a las fuerzas legales.
Los delitos que cometieron estos sinvergüenzas de la mafia judicial, según la Constitución, no puede ser procesado dos veces por la misma causa.
ORSTEIN en la actualidad tiene 73 años y nunca pidió la domiciliaria, siempre era la excarcelación. Fue detenido el 19 de Octubre de 2.011 y en el mismo día pero del presente año cumplirá 5 años de Prisión Preventiva excediendo el término autorizado por ley a la Judicatura.
Existe jurisprudencia que los hechos acontecidos durante el año 1.975 no corresponde caratularlos “ de Lesa Humanidad “en virtud que ese tipo de delito no existía en la nomenclatura judicial, y en este caso el más reciente es el de los Militares de Catamarca que fueron ABSUELTOS DE CULPA Y CARGO y puestos en libertad (Por mayoría, I. HACER LUGAR, sin costas, a los recursos de casación deducidos por las defensas; II. ANULAR la sentencia recurrida; y, en consecuencia, III. ABSOLVER de culpa y cargo en esta Instancia a Carlos del Valle Carrizo Salvadores, Mario Nakagama y Jorge Exequiel Acosta (arts. 470, 530 y 531 del C.P.P.N.), debiendo el tribunal a quo disponer la inmediata libertad de los encausados, en esta causa.
Regístrese y notifíquese. Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 25.856 y C.S.J.N. Acordadas Nº 15 y 24/13), a través de la Secretaría de Jurisprudencia de esta Cámara. Oportunamente, remítase.
Sirva la presente de atenta nota de envío.
Quiero destacar que la yegua de la Secretaria Caron al que habla (ORSTEIN) al notificarlo de la preventiva, que lo que estaban haciendo era una venganza a lo que el suscripto respondió “ Hoy Dra. Están del lado de la derecha, no vaya a ser que con el tiempo pase a ocupar mi lugar", a lo que me respondió que la estaba amenazando y le dije que no, que se lo decía para que tuviera presente si llegaba a pasar algo.
JOSE FELIX MADRID GUILLERMO H. ORNSTEIN
COMISARIO RETIRADO Crio Inspector RA